Contrato de Renovación Mensual
Este tipo de contrato representa que el titular del
servicio, deberá renovar el servicio de forma mensual y permanecer como mínimo un quince días dado de alta. La baja del servicio
se realizará siempre con una antelación de 8 días laborales, con lo cual el titular deberá comunicar a la empresa, bien sea
por escrito o de forma verbal (cuando se trate de esta forma, el titular deberá presentarse igualmente o firmar la baja voluntaria
que el propio trabajador le entregará el último día de servicio).
En caso de que el titular no respete el plazo de comunicación
de baja voluntaria será sancionado económicamente con el porcentaje correspondiente a los días que no se hayan respetado o
mediante otra forma que siempre deberá constar en el contrato del servicio.
Contrato de Renovación Bimensual
Este tipo de contrato representa que el titular del
servicio, deberá renovar el servicio de forma bimensual y permanecer como mínimo 59 días dado de alta. La baja del servicio
se realizará siempre con una antelación de 8 días laborales, con lo cual el titular deberá comunicar a la empresa, bien sea
por escrito o de forma verbal (cuando se trate de esta forma, el titular deberá presentarse igualmente o firmar la baja voluntaria
que el propio trabajador le entregará el último día de servicio).
En caso de que el titular no respete el plazo de comunicación
de baja voluntaria será sancionado económicamente con el porcentaje correspondiente a los días que no se hayan respetado o
mediante otra forma que siempre deberá constar en el contrato del servicio.
Contrato Indefinido
Este tipo de contrato representa que el titular del
servicio, deberá permanecer en carácter indefinido, con un mínimo de 60 días. La baja del servicio se realizará siempre con
una antelación de 32 días naturales en el servicio SAD o 15 días en el caso de los contratos de servicios de limpieza u otros,
con lo cual el titular deberá comunicar a la empresa por escrito su intención de causar baja voluntaria.
En caso de que el titular no respete el plazo de comunicación
de baja voluntaria será sancionado económicamente con el porcentaje correspondiente a los días que no se hayan respetado o
mediante otra forma que siempre deberá constar en el contrato del servicio.
Contrato con Final
Debe tener una duración superior a noventa días. El
titular del servicio se dará siempre de baja en la facha indicada. No pudiendo cancelar el servicio anteriormente, sólo bajo
causas de salud o involuntarias.
En caso de que el titular no respete el plazo de baja
será sancionado económicamente con el porcentaje correspondiente a los días que no se hayan respetado o mediante otra forma
que siempre deberá constar en el contrato del servicio.